Forbes México
Empezamos el mes a tambor batiente, con la aprobación en la Cámara de Diputados de la minuta que el Senado le envió tras haber aprobado él mismo el 5 de diciembre pasado la iniciativa de “Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera” que el Ejecutivo federal le presentó el 9 de octubre del año pasado. Resta su promulgación por el Ejecutivo federal, mediante la publicación del respectivo Decreto que la Secretaría de Gobernación haga en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor y se active la cuenta regresiva de diversos plazos previstos por ella para múltiples cambios en el ecosistema de las empresas Fintech, ahora denominadas “Instituciones de Tecnología Financiera” o ITFs.
El primero es el de 12 meses a partir de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores expida la regulación secundaria para que las empresas que actualmente operan negocios de financiamiento colectivo o “crowdfunding” y de pagos electrónicos o “e-payments” soliciten la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a fin de operar como ITFs. Si bien podrán continuar operando sus negocios mientras se tramita esa autorización, deberán publicar en sus páginas Web o difundir mediante sus aplicaciones móviles que tal autorización está en trámite, por lo que no están supervisadas por la autoridad; omitir tal publicación motivará la negativa a la solicitud presentada. Junto con tal obligación llama poderosamente que la Ley Fintech requiera a las ITFs “…difundir la información que permita a sus clientes identificar los riesgos de las operaciones que celebren con o a través de ellas…”, además de manifestar a través de sus páginas de Internet y en los mensajes que muestren a través de sus aplicaciones móviles o de los que transmitan por medios de comunicación electrónica o digital que usen para sus operaciones, e incluso en su publicidad, que ni el gobierno federal, ni entidades paraestatales serán responsables por ni garantes de los recursos que sus clientes utilicen al realizar operaciones a través suyo, y que no asumirán responsabilidad por las obligaciones de las ITFs. Si bien es sabido que, por ejemplo, la regulación bursátil requiere a los emisores hacer cualquier cantidad de manifestaciones y declaraciones a los tomadores de sus valores, y a los intermediarios a hacer a estos sabedores que no garantizan la bondad de esos valores ni la solvencia de sus emisores, o a las instituciones de crédito hacer del conocimiento de sus clientes el límite de la cobertura que ofrece el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, en el caso de las Fintechs esto puede interpretarse como un mensaje de desconfianza respecto de un sector naciente.