En antros y bares de todo el estado este viernes se respetará la nueva disposición
Las reformas fueron oficializadas al ser publicadas en el Periódico Oficial del Estado después de su aprobación en el Congreso este miércoles
Diego Rojas
Las reformas a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas en Puebla, que incluyen la venta de estas bebidas hasta las 2 de la mañana, entrarán en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado en el que se publicó el decreto que oficializa las disposiciones aprobadas hace tres semanas en el Congreso local.
Según el decreto, estas acciones ayudarán a evitar el aumento de incidentes de tráfico, accidentes, agresiones, homicidios y otros delitos derivados del consumo excesivo de alcohol durante las horas nocturnas.
Con esta reforma, los establecimientos no podrán estar abiertos más allá de las 2:30 horas, y se prohibirá la venta y el consumo de bebidas después de las 2:00 horas.
“Bajo ningún supuesto, los establecimientos específicos y los no específicos, podrán operar, permanecer abiertos o permitir la permanencia o el ingreso de personas o comensales después de las 02:30 horas. Con independencia de lo anterior, queda estrictamente prohibida la venta, o suministro de bebidas alcohólicas en cualquiera de los establecimientos que regula esta Ley, después de las 02:00 horas”, indicó el Periódico Oficial del Estado (POE).
Quienes no cumplan con lo establecido en la normativa enfrentarán penas de seis meses a seis años de cárcel, además de una multa que va desde cien hasta mil Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
De acuerdo al decreto, todos los bares, antros y otros establecimientos similares deben tener instalado un sistema de circuito cerrado de televisión con cámaras tanto en el interior como en el exterior del lugar.
Además, los ayuntamientos deben actualizar su normativa en un plazo de 90 días de acuerdo con lo aprobado.
En los reglamentos municipales, se dispondrá: los establecimientos deberán suspender la venta de bebidas a las 2:00 am, y deberá salir el último cliente máximo 2:30 horas; la vigilancia deberá ser con personal de empresas de Seguridad Privada inscritas en el Registro Estatal.
Además los establecimientos deberán contar con circuito cerrado de televisión, con grabaciones de temporalidad no menor a 30 días; contar con cámaras de video, dentro y fuera del establecimiento, sin que haya los llamados puntos ciegos.
En la ley aprobada y publicada, además se establece: “A la persona que venda, distribuya, suministre bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso correspondiente, fuera de los horarios establecidos en la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, se le impondrá de seis meses a seis años de prisión y multa de cien a mil Unidades de Medida y Actualización”.