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Isaac Romero
El debate por el ascenso y descenso en el futbol mexicano volvió al centro de la discusión después del conversatorio realizado este lunes en el Senado de la República, donde representantes de clubes de la Liga de Expansión y legisladores plantearon la necesidad de recuperar la posibilidad de subir y bajar de categoría por mérito deportivo.
El encuentro, denominado “Fuera de lugar: ¿por qué es injusto cancelar el ascenso y el descenso en el futbol?”, reunió a representantes de equipos como Atlético Morelia, Leones Negros, Atlético La Paz y Cancún FC, además de legisladores y otros participantes relacionados con el futbol mexicano.
La discusión abre también una interrogante sobre los límites que existen para una posible intervención del Estado en asuntos relacionados con la organización del futbol profesional. En este punto aparecen los Estatutos de la FIFA, que establecen obligaciones de autonomía para sus asociaciones miembro.

¿Qué dicen los estatutos de FIFA?
El artículo 19 de los Estatutos de FIFA establece que las federaciones miembro deben administrar sus asuntos de manera independiente y procurar que no exista injerencia de terceros. Además, el artículo 14 señala que el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones conforme a los propios estatutos.
La normativa no se refiere específicamente a una eventual reforma mexicana sobre el ascenso y descenso, por lo que no puede afirmarse de manera automática que una iniciativa del Senado provocaría una sanción de FIFA. Lo que sí existe es una regla general de autonomía que FIFA aplica a sus federaciones miembro.
De hecho, la propia FIFA mantiene dentro de su marco jurídico la protección de la autonomía de sus asociaciones. En su documentación oficial, el organismo señala que los estatutos constituyen una parte fundamental de las reglas que regulan a sus miembros y que las federaciones deben cumplir con las obligaciones establecidas por la organización.
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Por ello, si una eventual reforma legal terminara modificando directamente la manera en que la Federación Mexicana de Futbol administra sus asuntos internos, podría abrirse una discusión sobre la compatibilidad de esa intervención con las obligaciones que la FMF tiene como asociación miembro de FIFA.
Sin embargo, el hecho de que el Senado discuta o impulse una iniciativa no significa por sí mismo que FIFA vaya a intervenir. Para determinar si existiría una infracción tendría que analizarse el contenido concreto de la legislación, la manera en que se aplicaría y si efectivamente representa una injerencia de un tercero en los asuntos de la federación.
La investigación de competencia también presiona al futbol mexicano
La discusión ocurre además mientras las autoridades mexicanas analizan el funcionamiento del mercado del futbol profesional. El debate sobre el ascenso y descenso no solamente se ha trasladado al terreno político, sino también al ámbito de competencia económica, donde se investiga si determinadas prácticas relacionadas con la afiliación, organización y acceso a las competiciones profesionales podrían constituir prácticas monopólicas.
Este escenario añade otro elemento a una discusión que durante los últimos años se ha centrado en las condiciones necesarias para que un club pueda competir por un lugar en la máxima categoría.

Los clubes que acudieron al Senado han cuestionado el actual sistema y han defendido el regreso del ascenso y descenso. Durante el foro, José Alberto Castellanos, presidente de Leones Negros, aseguró que algunos equipos han sufrido consecuencias después de recurrir a instancias como el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).
Mientras el Senado analiza posibles modificaciones legales y continúa el debate entre clubes y autoridades, la postura de FIFA sobre la autonomía de sus federaciones representa uno de los principales elementos jurídicos que deberán considerarse.
Por ahora, no existe una resolución de FIFA que determine que el debate legislativo mexicano constituye una violación de sus estatutos. El desenlace dependerá de las medidas que finalmente se planteen y, en caso de aprobarse alguna modificación, de su alcance y aplicación.








