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Con esto, ya solo se requiere el pronunciamiento en contra de dos ministros más para que dicha ley sea considerada inconstitucional
Huffignton Post
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reanudó este martes el debate sobre la constitucionalidad o no de la Ley de Seguridad Interior (LSI), la cual fue promulgada el 21 de diciembre de 2017, pero fue impugnada por diversos actores como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y diversos diputados y senadores. Durante la sesión del día de ayer, el ministro Jorge Mario Pardo Pardo Rebolledo expuso su proyecto de resolución ante el resto de los ministros, el cual contempla la anulación de siete artículos completos o de porciones normativas de los mismos, que abrían la puerta a una intervención militar sin que hubiera antes una petición de los gobiernos estatales. Otras de las modificaciones más importantes son la eliminación del artículo 8 que establecía que las movilizaciones de protesta social o con motivo de político electoral no pueden ser consideradas como amenaza a la seguridad interior y el artículo 9 que establece que todos los datos que se generen por la aplicación de la LSI sea considerada como información de Seguridad Nacional. El debate inició con la participación del ministro Eduardo Medina Mora, quien señaló que si bien la Constitución autoriza al Poder Ejecutivo para echar mano del Ejército, el Congreso de la Unión, no tiene expresamente facultades para legislar sobre las atribuciones de las Fuerzas Armadas por lo que consideró que la LSI es inconstitucional en su totalidad. Y aunque reconoció que el Ejército ha tenido un papel fundamental en seguridad, expresó que esto ha dado pie para que “los gobiernos eludan su responsabilidad en seguridad pública”.
En su análisis, el ministro José Ramón Cossío señaló que la LSI viola la Constitución doblemente pues vulnera la división de poderes y los supuestos que restringen el uso del Ejército pues indicó que el artículo 129 constitucional indica claramente que “en tiempos de paz, el Ejército no puede ejercer más funciones que las que marca la disciplina militar”. El ministro Arturo Zaldívar dijo que, de entrada, ni siquiera está de acuerdo con la estructura del proyecto y calificó a la LSI como un “fraude” pues “disfraza como seguridad interior lo que en realidad es seguridad pública”. Añadió que solo hay ciertos casos muy específicos en los que los militares pueden intervenir en seguridad pública, pero que estos son “excepcionales” y sentenció que el Congreso de la Unión no puede regular algo así. Su formación no es para proteger civiles sino para ‘derrotar a un enemigo’”, Por su parte, la ministra Norma Piña se enfocó en criticar la aprobación que hizo el Congreso, pues de acuerdo con algunos diputados, la LSI fue aprobada en una sesión en la que solo tenían minutos de haberla recibido y que, por lo tanto, se violaron las garantías de las fuerzas minoritarias. ¿Qué calidad democrática puede entonces tener una ley aprobada de esta forma? Con quejas y mociones ignoradas”, sobre los senadores, expresó que violaron artículos de su propio reglamento al someter de inmediato la minuta aprobada por los diputados, sin previo análisis. El ministro Alberto Pérez Dayán adelantó que no estaba de acuerdo con la iniciativa de Pardo, ya que el Congreso de la Unión no tenía la competencia para legislar sobre seguridad interior, por lo que eso basta para considerarla inválida en su totalidad.
El ministro Javier Laynez Potisek dijo que la ley que propone Pardo en realidad no es de seguridad interior pues lo que en realidad regula es la participación de las Fuerzas Armadas en seguridad pública. Que intervengan en ello no es inconstitucional, lo que sí lo es, es que la ley pretenda normalilzar lo que debe ser excepcional, no permanente”, ministro Javier Laynez Potisek Tras estas seis participaciones, el presidente de la SCJN, el ministro Luis María Aguilar, señaló que la discusión se retomaría el próximo jueves a las 11 de la mañana. Cabe recordar que para que la Ley de Seguridad Interior sea declarada inconstitucional, se requiere el voto de ocho de los 11 ministros del Pleno, mientras que para que sea avalada, solo se necesitan seis.








