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Delia Reyes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en el estado de Puebla será obligatorio que todos los vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros para poder circular, al considerar que esta medida no vulnera el derecho al libre tránsito ni a la movilidad.
Con esta resolución, los automovilistas que incumplan con la disposición serán acreedores a una multa de cuatro mil pesos.
La decisión se dio al resolver la acción de inconstitucionalidad 1/2024, promovida en enero de 2024 por el entonces presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, Félix Cerezo Vélez, en contra de seis artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.
PUNTOS CLAVE DE LA RESOLUCIÓN
La SCJN validó cinco artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial.
- Se declaró inconstitucional la medida que contemplaba la suspensión de la licencia de conducir por 10 años a quienes no contaran con seguro, al considerarse desproporcionada.
- Se ratificó la constitucionalidad de la sanción vigente en Puebla para quienes no aprueben las pruebas de alcoholemia: suspensión de licencia por un año y multa correspondiente.
La ministra Lenia Batres Guadarrama, ponente del caso, subrayó que estas disposiciones buscan fortalecer la seguridad vial y la protección de terceros en accidentes de tránsito, garantizando un marco legal equilibrado entre derechos y responsabilidades.
Con esta resolución, Puebla se convierte en un referente nacional en la implementación de medidas que promueven la responsabilidad civil de los conductores y la protección de las víctimas de accidentes viales.










