El ministro González Alcántara añadió que la finalidad de esta ley es sancionar conductas específicas
El Financiero
El Ministro Juan Luis González Alcántara propuso negar un amparo a un particular quien acusó que la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos viola la presunción de inocencia. El solicitante de amparo es Francisco G. M. quien fue sentenciado en 2017 por transportar gasolina cuyo origen y posición legal no acreditó ante las autoridades policiales, ministeriales y judiciales. Al solicitar el amparo, Francisco G. M. aseguró que la citada Ley, en su artículo 5, establece una presunción de culpabilidad a priori, que va en contra del principio de presunción de inocencia reconocido en la Constitución federal.
Y es que afirmó que en dicho numeral se obliga al imputado a demostrar su inocencia, ya que contempla la presunción de propiedad a favor de la Nación de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos que estén en territorio nacional. Argumentó que ello permite que los sujetos a quienes se les atribuye el delito penal de posesión ilícita de hidrocarburos sean tratados como culpables, pues los obliga a probar la legal procedencia del compuesto químico. Recordó que el Estado mexicano en el año 2016 expidió una autorización que faculta a los particulares para importar gasolina, motivo por el cual no toda la gasolina que se transporta en el país es propiedad de la Nación. En el proyecto de sentencia elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara, el cual se discutirá en la sesión del miércoles próximo, se considera como infundados dichos argumentos y se propone negar el amparo. Y es que advirtió que la Ley impugnada no viola de ninguna forma la presunción de inocencia reconocida en el artículo 20 de la Constitución federal. Agregó que los tipos penales previstos en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos son de carácter especial, también conocidos como delitos especiales.