Con esta reforma suman 10 las entidades de la República que le han dado el “sí” a la unión civil igualitaria. Aquí te decimos cuáles y cómo
Expansión Política
El Congreso de Sinaloa votó por unanimidad a favor del matrimonio igualitario en una sesión histórica en la que no se discutió el dictamen después de que todas las exposiciones en tribuna fueron a favor de la figura.
En junio de 2019, el legislativo local aprobó el dictamen correspondiente para permitir el matrimonio de personas del mismo sexo, así como el concubinato. En esa sesión también se votó la reforma de los artículos 40 y 165 del código civil del estado. No obstante, en los tribunales federales fue presentado un amparo para que la nueva normatividad no fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Esa fue la primera vez que una legislatura debatió sobre el matrimonio entre parejas homosexuales en Sinaloa.
En manos de los jueces, el asunto dio un giro y el 13 de junio pasado, el Poder Judicial de la Federación le ordenó al congreso sinaloense debatir de nuevo el mismo dictamen con la consideración de que votar en contra vulneraría los derechos humanos de las personas de la comunidad LGBT.
¿QUÉ ESTADOS TIENEN MATRIMONIO IGUALITARIO EN MÉXICO?, ¿QUÉ IMPLICA EL MATRIMONIO IGUALITARIO?
Antes que Sinaloa otros estados han realizado reformas para permitir el matrimonio igualitario. El caso de Yucatán fue particular por la forma en la que se votó.
El 10 de abril de 2019, legisladores votaban en secreto la iniciativa para abrir paso a los matrimonios igualitarios en Yucatán. Uno a uno pasaban a colocar la papeleta con su voto en una pequeña urna ante los abucheos y aplausos de los opositores e impulsores de las reformas a la Constitución local. La votación final, señalaba el presidente del Congreso Enrique Castillo Ruz, quedaba así: 15 votos a favor y 9 en contra.
Pero se trataba de un error, el resultado real era 9 votos a favor y 15 en contra, con lo que los legisladores cerraban al puerta a la iniciativa que fue antecedida por amparos ante Tribunales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como por otras tres iniciativas que no llegaron a ser discutidas.
El caso de Yucatán es uno de los más recientes y que muestran la resistencia de los estados para legislar en la materia. Las parejas de la población LGBTTTI que quieren casarse por el civil en 14 estados no lo pueden hacer más que por la vía de un amparo: Baja California, Baja California Sur, Durango, Guerrero, Guanajuato, Edomex, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Querétaro y Zacatecas.
Estos estados tienen candados con los que se niegan las uniones igualitarias, esos obstáculos consisten en definir en códigos civiles, familiares o en sus constituciones al matrimonio y/o al concubinato como la unión exclusiva entre “un hombre y una mujer” y, en algunos casos, se agrega que dicha unión tiene como fin “procrear”.
En contraste, sólo Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí y, ahora, Sinaloa han modificado su normativa para que las parejas puedan realizar el trámite de manera sencilla ante el registro civil, como ocurre con el grueso de la población que desea casarse.
Y aunque estas entidades facilitan el trámite no son las únicas en las que la parejas LGBTTTI pueden contraer matrimonio sin necesidad de un amparo, pues algunas ya fueron obligadas por la SCJN —mediante acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos— a realizar el trámite aunque su leyes locales tengan candados. Es el caso de Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, Nuevo León y Puebla.
También existen estados que por algún tipo de acuerdo permiten los matrimonios igualitarios sin recurrir a un amparo, es el caso de Chihuahua, donde el gobierno de la administración pasada ordenó que se avalaran estos acuerdos; Quintana Roo, donde el código civil que no tiene un concepto del matrimonio y solo consigna que es necesaria la intención de dos personas o contrayentes, y Oaxaca, donde la capital permite las uniones.