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El abogado se encuentra preso en el reclusorio Norte, acusado de delincuencia organizada y operaciones con recursos ilícitos
Infobae
Un Tribunal Federal ratificó el auto de vinculación a proceso en contra del abogado Juan Ramón Collado Mocelo, por supuesto lavado de dinero y delincuencia organizada, delitos por los que permanece en prisión preventiva en el Reclusorio Norte, de la Ciudad de México. Ricardo Paredes Calderón, magistrado del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal con residencia en Ciudad de México declaró infundado el recurso de apelación que fue presentado por Collado en contra del auto de vinculación a proceso que le fue dictado por Jesús Eduardo Vázquez Rea, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte. El magistrado señaló como infundado e inoperantes los argumentos presentados por el abogado.
“En virtud de lo expuesto y tomando como base el estándar probatorio requerido para el dictado de un auto de vinculación a proceso, es que este tribunal de alzada concluye que es apegado a derecho que se continúe con la investigación del imputado en su fase complementaria y por ende judicializada, respecto de los hechos que se le atribuyen”. “De ahí que lo procedente sea confirmar el auto por el cual se vinculó a proceso al imputado por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, establece la sentencia”, explicaron los funcionarios judiciales. Por su parte, Juan Collado argumentó que el crimen por delincuencia organizada del cual se le imputa, no existe y mucho menos se configura un delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por una simple recepción de dinero a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI). Señaló que tampoco se cumplió con el contenido de los artículos 2 de la Ley de Delincuencia Organizada y 400 del Código Penal Federal. Su defensa dijo que no existen pruebas de que Juan Collado haya sido miembro del consejo de administración de la empresa Libertad Sociedad Financiera.












