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Fueron un total de 6 votos a favor y 5 en contra
Lilian Posadas
Este jueves 1 de octubre, con 6 votos a favor y 5 en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)) determinó que es constitucional la consulta para enjuiciar a ex presidentes que gobernaron al país de 1988 a 2018, por probables actos de corrupción.
La decisión ha dividido al pleno del Alto Tribunal, pero la mayoría dijo que es válido el derecho de la ciudadanía a expresar su voluntad. No obstante, la misma mayoría se pronunció en favor de modificar la pregunta para quitar sesgos y ser más neutral. El proceso para elegir una pregunta definitiva será dado.
La pregunta de consulta ciudadana que propone el presidente López Obrador es:
¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?
En pleno de la Corte recibió la propuesta del ministro Luis María Aguilar, la cual señaló que no veía bases legales en la propuesta de López Obrador y que, en todo caso, era una obligación del Estado perseguir los delitos y no necesitaba un mandato popular para hacerlo.
El proyecto considera cinco argumentos para declarar la inconstitucional la consulta:
• Restricción de derechos humanos. Condicionamiento de su eficacia y validez por el resultado de la consulta.
• Restricciones de los derechos de acceso a la justicia y a obtener medidas de restitución y reparación de las víctimas u ofendidos de los delitos.
• Presunción de inocencia de las personas y riesgo a la viabilidad de futuras investigaciones y procesos penales.
• Restricciones a las garantías para la protección de los derechos humanos: instituciones de procuración de justicia.
• La consulta rompe con el principio de igualdad.