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- La reforma a la Ley de Comunicación Social representa un severo golpe a la libertad de expresión.
- La Ley de Comunicación Social es una amenaza para los medios de comunicación, limita la difusión de acciones de gobierno, viola el principio de equidad electoral, invade esferas autónomas de estados y municipios
- MC INTERPONE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN LA SCJN CONTRA “PLAN B” ELECTORAL
- INEQUITATIVA, NUEVA LEY DE COMUNICACIÓN SOCIAL
La reforma a la Ley de Comunicación Social representa un severo golpe a la libertad de expresión.
La Ley de Comunicación Social es una amenaza para los medios de comunicación, limita la difusión de acciones de gobierno, viola el principio de equidad electoral, invade esferas autónomas de estados y municipios
Exclusivas Puebla
Una serie de disposiciones que limitan el gasto publicitario de los tres órdenes de gobierno puso en vilo el arranque de 2023 para los medios de comunicación de todo el país, pues dependientes, mayoritariamente de la publicidad oficial, la reducción de ingresos, los vuelve inviables.
La reforma a la Ley de Comunicación Social -publicada el 27 de diciembre de 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación, viola el sistema federalista, dichas reformas legales forman parten del llamado “Plan B” electoral que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador y que fue aprobada por una mayoría simple de Morena en el Congreso de la Unión.
El Artículo 26 de dicha ley establece un porcentaje máximo del presupuesto para comunicación social de 0.1 por ciento, “límite del gasto del Programa Anual de Comunicación Social, en su conjunto, no debe rebasar el 0.1 por ciento del Presupuesto de Egresos Anual correspondiente”, lo cual limita comunicar a la ciudadanía los logros y avances de los gobiernos locales.
La Ley General de Comunicación Social marca que su contenido es aplicable a los tres poderes de la Federación, de las entidades, a los municipios, a las demarcaciones de la Ciudad de México, a organismos autónomos e instituciones públicas.
Además de que es un atentado contra la autonomía municipal, ya que el Artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución, hace referencia a la comunicación social que difundan los órganos del Estado, incluyendo los municipios.
Dicha Ley limita la difusión de acciones de gobierno, viola el principio de equidad electoral, invade esferas autónomas de estados y municipios y pone en serios aprietos financieros a medios de comunicación.
Lo anterior porque el gasto en comunicación de los gobiernos estatales y municipales no puede ser mayor al 0.1 por ciento del presupuesto de egresos.
De acuerdo a la agencia de noticias Quadratín, otros efectos que señalan organismos como Artículo 19 es que persisten las malas prácticas en la asignación y contratación de la publicidad oficial para dar lugar a la censura sutil.
Puntualmente señalan que la Ley de Comunicación Social prescinde de principios como el de pluralidad mediática, equidad, no discriminación y rendición de cuentas como directrices para la asignación del gasto de publicidad oficial.
Además, señalan que se reemplaza la figura de sujetos obligados por entes públicos lo cual implica que las personas físicas y morales que reciban estos recursos públicos queden fuera del escrutinio público.
Artículo 19 también señala que la ley tampoco combate la concentración de los recursos de publicidad oficial en muy pocos medios, por lo que anticipa que 50 por ciento del gasto de gobierno en este rubro seguirá concentrándose en 10 corporativos.
MC INTERPONE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN LA SCJN CONTRA “PLAN B” ELECTORAL
La Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano consideró que el llamado “Plan B” busca alterar el equilibrio de las contiendas electorales, al remover límites de la comunicación social en tiempos electorales y cambiar la naturaleza jurídica de la comunicación social para permitir que servidores públicos, bajo el argumento de su libre expresión y de la difusión de información de interés público, puedan realizar promoción personalizada y “adoctrinamiento político”.
Señaló que se rediseñan definiciones y principios de la Ley General de Comunicación Social de una forma que contradicen los párrafos primero, séptimo y octavo del Artículo 134 constitucional.
Asimismo, Movimiento Ciudadano consideró que existen “defectos” en el procedimiento legislativo que dio origen a estas reformas y que vician su contenido, toda vez que no se tomaron en cuenta a las minorías en el debate, ni se dictaminó debidamente la iniciativa del presidente López Obrador en la Cámara de Diputados.
INEQUITATIVA, NUEVA LEY DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Los cambios en la Ley General de Comunicación Social son desproporcionales en el país, pues mientras el Gobierno Federal podrá destinar más de ocho mil millones de pesos a este rubro, hay municipios que no podrían ejercer ni 500 mil pesos en un año, subrayó José Báez Guerrero, diputado federal por el estado de Querétaro.
El legislador de Acción Nacional (PAN) recordó que como diputados ya presentaron su propia acción de inconstitucionalidad ante esta reforma, como parte del paquete de reformas del Plan B, y enfatizó que el objetivo que se percibe que tiene ésta es con fines político electorales.
Báez Guerrero refirió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibirá una serie de controversias, a la que se sumó recientemente el Instituto Nacional Electoral (INE), entre ellas la presentada por el grupo parlamentario del PAN en el Congreso federal y el partido a nivel nacional.










