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Delia Reyes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas diversas disposiciones aprobadas por el Congreso de Puebla que modificaban la integración del Cabildo de la capital poblana, por lo que el Ayuntamiento deberá contar con cinco regidurías de representación proporcional (plurinominales) y no cuatro como se establecía en la reforma local.
La decisión se tomó por mayoría de votos al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Acción Nacional (PAN), mediante la cual se impugnaron cambios realizados al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla y a la Ley Orgánica Municipal.
En su resolución, la Corte ordenó invalidar el artículo 18, fracción I, del Código Electoral, así como los artículos 46, fracción I, y 47, fracción I, de la Ley Orgánica Municipal, al considerar que vulneraban los principios de representación política establecidos en la Constitución.
Las disposiciones anuladas establecían que el Cabildo de Puebla capital se integraría por 11 regidores electos por mayoría relativa y únicamente cuatro por representación proporcional, configurando una composición de 73.33 por ciento de mayoría relativa y 26.67 por ciento de regidores plurinominales.
Con la determinación de la SCJN, se restituye el esquema que permite una mayor representación de las fuerzas políticas de oposición dentro del Cabildo, elevando a cinco el número de regidores asignados por la vía proporcional.
La resolución tendrá impacto en la conformación de los futuros ayuntamientos de la capital poblana, al garantizar un equilibrio más amplio entre la fuerza política ganadora y las minorías representadas en el órgano de gobierno municipal.






