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En un movimiento legislativo clave para fortalecer el Estado de derecho y la seguridad en las vías generales de comunicación, el Congreso del Estado de Puebla aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para tipificar y sancionar severamente el uso de “ponchallantas“. Con esta medida, la LXII Legislatura busca no solo castigar a quienes utilizan estos artefactos, sino prevenir delitos como el robo a transporte de carga y asaltos en autopistas, brindando mayor certeza jurídica a las instituciones de seguridad y a la ciudadanía este marzo de 2026.
Nuevos delitos: De la fabricación al uso ilícito
Las modificaciones integran los artículos 192 bis y 192 ter al Código Penal estatal. La ley ahora es clara: se impondrán penas de dos a seis años de prisión y multas que oscilan entre las 100 y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien arroje o coloque objetos punzocortantes, estrellas metálicas, varillas o “erizos” en la vía pública con el fin de obstaculizar el tránsito o dañar vehículos.
Un punto fundamental de esta reforma es que la sanción no se limita a quien lanza el objeto. La misma pena de cárcel se aplicará a quienes de manera ilícita posean, fabriquen, distribuyan o comercialicen estos artefactos con fines delictivos. Con esto, las autoridades poblanas obtienen una herramienta legal para desmantelar talleres o puntos de venta de estos instrumentos utilizados frecuentemente por grupos criminales para detener convoyes de mercancía o patrullas oficiales.
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Agravantes: Castigo doble por ataques nocturnos o a servicios de emergencia
El dictamen establece criterios específicos que pueden aumentar la condena hasta en una mitad de su mínima y máxima. Entre las agravantes destacan:
- Nocturnidad: Cometer el acto durante la noche para aprovechar la falta de visibilidad.
- Ataque a autoridades: Si el artefacto daña vehículos oficiales, de emergencia (ambulancias) o de transporte público.
- Vías de alta velocidad: Cuando el delito se comete en autopistas o caminos donde la víctima queda incomunicada o sin posibilidad de apoyo oportuno.
- Medio para otros delitos: Si el uso del “ponchallantas” es el paso previo para ejecutar un robo, secuestro o cualquier otro ilícito.
Seguridad para las fuerzas armadas y civiles
Durante la sesión, los legisladores subrayaron que esta reforma protege directamente a las fuerzas armadas y a las instituciones de seguridad pública, cuyos vehículos suelen ser blanco de estos ataques para impedir persecuciones. Al clasificar estas conductas como delitos graves dentro del código local, se espera una reducción en la incidencia de bloqueos carreteros que ponen en riesgo la vida de familias y transportistas que transitan por las arterias vitales de Puebla.
Con el decomiso obligatorio de los objetos utilizados, la entidad da un paso firme en la modernización de su justicia penal, enviando un mensaje claro: la obstrucción de la libertad de tránsito mediante la violencia técnica no quedará impune en el estado.









