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Celia Sánchez
Con el objetivo de regular la circulación de motocicletas en Puebla, así como garantizar la seguridad pública y vial, en el Congreso se aprobó el proyecto de dictamen mediante el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado.
La Ley Chaleco podría aplicar sólo para repartidores, pues este martes, las comisiones del Congreso aprobaron por unanimidad el uso de chaleco antireflejante en los repartidores que usan motocicletas como medio de transporte.
Esta ley contempla que únicamente los repartidores tendrán que hacer uso de un chaleco con al menos 20 por ciento de material reflectante, toda vez que usen su vehículo, además, queda prohibido que los repartidores lleven a otro pasajero en la motocicleta.
LEY CASCO Y OTRAS RESTRICCIONES PARA MOTOCICLISTAS
Por otro lado, los consejos también aprobaron que todos los motociclistas que circulen en Puebla, sin excepción, deberán portar un número de identificación en el casco.
Se trata de un código alfanumérico que estará vinculado al sistema de la Secretaría de Movilidad y Transporte.
Tras la entrada en vigor de la ley, los motociclistas tendrán un plazo de 180 días hábiles para tener su casco y/o chaleco como se indica en la ley.
“Se otorgan aproximadamente nueve meses (…) para que se implemente la entrega de estos distintivos que estarán pegándose en el casco de seguridad”, aclaró el equipo jurídico.
Entre otras restricciones, las comisiones avalaron la prohibición de transportar menores de 12 años o personas que “no puedan sostenerse por sí mismas” en motocicleta.
También, la placa de la motocicleta deberá ser visible en todo momento, por lo que se prohíbe alterar, esconder o reemplazar la placa de este vehículo; también está prohibido modificar la motocicleta para que cuente con asientos adicionales.
Los permisos provisionales también quedarán eliminados, aunque con unas pocas excepciones.
Será hoy miércoles que el Pleno del Congreso de Puebla vote para la legislación de esta iniciativa.












