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Delia Reyes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el esquema de distribución de regidurías contemplado en el Código Electoral y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, al considerar que vulnera los principios de pluralismo político y representación de las minorías dentro de los ayuntamientos.
La determinación deriva de la acción de inconstitucionalidad 109/2026 promovida por el Partido Acción Nacional (PAN), cuyo proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García y será sometido a votación del Pleno del máximo tribunal del país el próximo 5 de noviembre.
De acuerdo con el proyecto, la fórmula aprobada por el Congreso local genera una sobrerrepresentación de las fuerzas políticas que obtienen la mayoría relativa, al otorgarles el 76.47 por ciento de los espacios en los cabildos, mientras que únicamente reserva el 23.53 por ciento para las regidurías de representación proporcional.
El documento sostiene que esta distribución afecta la presencia de las fuerzas políticas minoritarias en los órganos colegiados municipales y debilita la pluralidad que debe prevalecer en la integración de los ayuntamientos.
“El legislador local pudo haber excedido su libertad de configuración al debilitar la eficacia del pluralismo político en el órgano colegiado municipal”, señala el proyecto de resolución.

Como parte de la propuesta, la SCJN plantea una nueva integración para los cabildos poblanos, con un total de 15 regidurías, además de una sindicatura y la presidencia municipal. Bajo este esquema, 10 regidurías serían electas por mayoría relativa y cinco por representación proporcional.
Asimismo, el proyecto establece que la asignación de estos espacios deberá garantizar criterios de paridad de género e igualdad sustantiva, modificaciones que, de ser aprobadas por el Pleno de la Corte, entrarían en vigor para el proceso electoral local de 2027.









